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Formularios de maltrato de ancianos o dependientes e información

Lista de formularios

*Se pueden llenar en línea.

Las peticiones de órdenes ex parte relativas a: maltrato de ancianos/dependientes son revisadas por un juez cada mañana entre las 8:30 a. m. y las 10:00 a. m. Si desea que el juez revise sus formularios el día que los entregue, tiene que estar aquí entre las 8:00 a. m. y las 8:25 a. m.

Los formularios que se reciban en la oficina del secretario después de las 8:25 a. m. serán enviados al juez para su revisión el siguiente día judicial hábil. Puede recoger sus copias de las órdenes firmadas en la sala 107-J después de las 3:00 p. m. y antes de las 4:00 p. m.

De conformidad con la sección 527 del Código de Procedimiento Civil, se le puede pedir que pague una cuota por presentar una Petición de interdicto para prohibir el acoso si no ha habido violencia o amenaza de violencia, y si no califica para una exención de cuotas.

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