Calendario judicial de tutelas de adulto limitadas
Si se acepta el fallo provisional, no será necesaria la comparecencia a menos que se indique lo contrario. Usted tiene que notificar al asistente judicial al (707) 521-6893 si desea ser escuchado en respuesta al fallo provisional. Cualquier parte interesada que desee ser escuchada en oposición a una petición tiene que notificar a todas las demás partes su intención de comparecer. Ambas notificaciones tienen que hacerse a más tardar a las 4:00 p. m. del día judicial inmediatamente anterior al día de la audiencia.
A menos que se haya notificado al secretario testamentario según lo antes dispuesto, los fallos provisionales se convertirán en las decisiones de la corte a la 1:45 p. m. del día de la audiencia.
Para unirse al Departamento 23 "Zoom" en línea
- Vaya al sitio web: https://us02web.zoom.us/j/85441142253?pwd=L2Vocnhwb3lKU01QbjV1bXVpdnJlZz09
- Introduzca el número de identificación de la reunión: 854-4114-2253.
- Y el código de acceso: 611386.
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- Y el código de acceso: 611386.
Guía para participar en procesos de la corte a través de Zoom para el Depto. 23:
- Después de unirse a la reunión y registrarse con el secretario, silencie su audio cuando no hable. Esto ayuda a mantener el ruido de fondo al mínimo.
- Tenga en cuenta el ruido de fondo cuando su micrófono no esté silenciado. Evite actividades que puedan crear ruido adicional, como hojear documentos.
- Coloque su cámara correctamente si elige usar una cámara web. Asegúrese de que esté en una posición estable y enfocada a la altura de los ojos si es posible. Asegúrese de que todo lo visible en el marco sea apropiado para una comparecencia en la corte.
- Si se hace necesaria una sesión confidencial, le corresponde a usted asegurarse de poder participar desde un lugar privado para que personas no autorizadas no puedan oír o ver el proceso.
- El chat está habilitado para el intercambio de documentos entre los participantes y la corte, y para permitir que los abogados se comuniquen individualmente entre sí o solo con sus clientes. No se debe enviar mensajes de chat en privado a la corte, ya que eso equivaldría a una comunicación ex parte no autorizada. Tampoco se debe enviar mensajes de chat a todos los participantes a menos que lo indique la corte.
- La función de grabación está deshabilitada. Recuerde, se mantiene la prohibición de grabar procesos de la corte, incluso los remotos.
- Sea paciente. El proceso de registro llevará más tiempo y, según la experiencia de quienes lo han intentado antes, los procesos son un poco más lentos en general.
Fallos provisionales
Miércoles, 3 de mayo de 2023, a las 3:30 p. m.
1. Tutela limitada de Maximus Michael Gonzales
SPR097399
Designación de tutor limitado (LTD, por sus siglas en inglés)
Fallo provisional: A falta de objeciones, se aprueba la petición de designación de tutor limitado de la persona con los poderes contemplados en las secciones 2351.5(b) (1) (2) (3) (4) (5) (6) y (7) del Código Testamentario (PrC, por sus siglas en inglés). Se deniega la solicitud de autoridad médica conforme a la sección 2355 del PrC. Se revisó que la orden estuviera apegada a esta decisión.
Se emitirán cartas de tutela de adulto limitada cuando el pupilo propuesto alcance la mayoría de edad, a partir del 10 de julio de 2023.
El asunto queda fijado para el jueves 7 de septiembre de 2023, a las 3:00 p. m. en el Departamento 23 para la revisión del cumplimiento de las secciones del Código Testamentario indicadas a continuación:
-El Aviso de derechos del pupilo (formulario GC-341 del Consejo Judicial) conforme a la sección 1830 del Código Testamentario y una copia de la orden de designación de tutor de adulto se enviarán por correo a más tardar el 30.o día después de la fecha de presentación de la Orden de designación de tutor de adulto.
-La determinación del nivel apropiado de atención del pupilo (formulario GC-355 del Consejo Judicial) conforme a la sección 2352.5 del Código Testamentario deberá presentarse en la corte dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la orden de la corte que designa al tutor de adulto.
Si las personas que comparten la tutela de adulto limitada cumplen con todos los requisitos anteriores, no será necesaria la comparecencia y se fijará una fecha para la revisión anual y el informe del investigador de la corte en el calendario judicial de tutelas de adulto limitadas para un año después del establecimiento de la tutela de adulto limitada.
2. Tutela limitada de Angeles Fuentes Camarillo
SPR097490
Designación de tutor LTD
Fallo provisional: a falta de objeciones, se aprueba la petición de designación de tutor limitado de la persona con los poderes contemplados en las secciones 2351.5(b) (1) (2) (3) (4) (5) (6) y (7) del PrC.
Se rechaza la solicitud de autoridad médica conforme a las secciones 2355 y 2351-2358 del PrC, ya que la corte aprobó poderes médicos conforme a la sección 2351.5(b) (5) del PrC.
Se rechaza la petición de designación de tutor limitado del patrimonio, por parecer innecesaria.
Se revisó que la orden estuviera apegada a esta decisión.
El asunto queda fijado para el jueves 7 de septiembre de 2023, a las 3:00 p. m. en el Departamento 23 para la revisión del cumplimiento de las secciones del Código Testamentario indicadas a continuación:
-El Aviso de derechos del pupilo (formulario GC-341 del Consejo Judicial) conforme a la sección 1830 del Código Testamentario y una copia de la orden de designación de tutor de adulto se enviarán por correo a más tardar el 30.o día después de la fecha de presentación de la Orden de designación de tutor de adulto.
-La determinación del nivel apropiado de atención del pupilo (formulario GC-355 del Consejo Judicial) conforme a la sección 2352.5 del Código Testamentario deberá presentarse en la corte dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la orden de la corte que designa al tutor de adulto.
Si las personas que comparten la tutela de adulto limitada cumplen con todos los requisitos anteriores, no será necesaria la comparecencia y se fijará una fecha para la revisión anual y el informe del investigador de la corte en el calendario judicial de tutelas de adulto limitadas para un año después del establecimiento de la tutela de adulto limitada.
3. Tutela limitada de Wendy Poulsen
SPR097519
Designación de tutor LTD
Fallo provisional: a falta de objeciones, se aprueba la petición de designación de tutor limitado de la persona con los poderes contemplados en las secciones 2351.5(b) (1) (2) (3) (4) (5) (6) y (7) del PrC.
El asunto queda fijado para el jueves 7 de septiembre de 2023, a las 3:00 p. m. en el Departamento 23 para la revisión del cumplimiento de las secciones del Código Testamentario indicadas a continuación:
-El Aviso de derechos del pupilo (formulario GC-341 del Consejo Judicial) conforme a la sección 1830 del Código Testamentario y una copia de la orden de designación de tutor de adulto se enviarán por correo a más tardar el 30.o día después de la fecha de presentación de la Orden de designación de tutor de adulto.
-La determinación del nivel apropiado de atención del pupilo (formulario GC-355 del Consejo Judicial) conforme a la sección 2352.5 del Código Testamentario deberá presentarse en la corte dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la orden de la corte que designa al tutor de adulto.
Si las personas que comparten la tutela de adulto limitada cumplen con todos los requisitos anteriores, no será necesaria la comparecencia y se fijará una fecha para la revisión anual y el informe del investigador de la corte en el calendario judicial de tutelas de adulto limitadas para un año después del establecimiento de la tutela de adulto limitada.
……………………………………FIN DE LOS FALLOS PROVISIONALES………………………….