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Tránsito

División de Tránsito (adultos)

Página principal de la División de Tránsito

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Infracciones de tránsito de adultos

La División de Tránsito procesa las contravenciones en movimiento del Código de Vehículos, así como una variedad de otras contravenciones a nivel de infracción y algunas contravenciones de ordenanzas de la ciudad y del condado. Si recibió una citación de tránsito, se le enviará por correo un recordatorio a la dirección indicada en la citación. El recordatorio incluye lo siguiente:

  1. El monto de la fianza por la citación y la fecha de vencimiento para pagar o comparecer
  2. Información sobre elegibilidad para la escuela para infractores de tránsito (TVS, por sus siglas en inglés)
  3. Información relativa a la eliminación de una contravención "corregible" con comprobante de corrección
  4. Instrucciones para el pago con tarjeta de crédito
  5. Instrucciones e información sobre la comparecencia en la corte

Si no recibe un recordatorio en un plazo de 6 semanas después de recibir una citación, llame a la División de Tránsito al 707-521-6680. Todas las llamadas serán atendidas por un centro de procesamiento de pagos antes de llegar a un representante de la corte. Los operadores telefónicos de la corte están disponibles de 8:00 a. m. a 12:00 del mediodía, de lunes a viernes. Hay información automatizada disponible las 24 horas del día. Usted tiene que tener su número de citación para usar el servicio automático de atención de 24 horas. Este número puede encontrarse en su citación o en su recordatorio.

Opciones para eliminar su citación

Si la citación no exige una comparecencia obligatoria en la corte, puede seguir las instrucciones del recordatorio de la corte para eliminar la citación. Las opciones generalmente disponibles incluyen las siguientes:

  1. Pague (renuncie) al monto de la fianza. Esto cerrará la citación y reportará la condena al registro de su licencia de manejar (si la contravención se puede reportar al Departamento de Vehículos Motorizados de California).
  2. Entregue en la corte el "certificado de corrección" firmado con las cuotas correspondientes por correo, en el buzón situado fuera de la 108J o en persona. Cualquier agente de policía puede firmar de visto bueno la mayoría de las contravenciones corregibles. Las contravenciones de la sección 16028 del Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés) (seguro de responsabilidad de vehículos) solo se desestimarán después de lo siguiente: (1) mostrar o enviar por correo (a la corte) las pruebas de responsabilidad financiera que eran válidas en el momento en el que se emitió el Aviso de comparecencia y (2) del pago de una cuota de transacción que se muestra en su recordatorio. El Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) solo puede firmar de visto bueno las contravenciones de registro de vehículo y de licencia de manejar.
  3. Inscríbase en la corte para asistir a la escuela para infractores de tránsito (TVS) (si es elegible). En toda California se imparten clases en el hogar y en línea a través de Internet. NOTA: Si es elegible y decide no asistir a la escuela para infractores de tránsito, su seguro de automóvil puede verse afectado negativamente. Una condena en cualquier periodo de 18 meses se mantendrá confidencial en su registro del DMV si completa la escuela para infractores de tránsito y paga todas las cuotas relacionadas con la escuela para infractores de tránsito. Encuentre a continuación más información sobre la escuela para infractores de tránsito.
  4. Solicite un juicio ante un juez. Encuentre más información más abajo en la sección llamada "Para disputar su citación".

Corte de tránsito

La mayoría de las citaciones se resuelven con la corte sin comparecer ante el juez. La corte virtual o en persona es el proceso de lectura de cargos para las contravenciones a nivel de infracción de tránsito. Las personas a las que se les hayan emitido citaciones que requieran una comparecencia obligatoria o que deseen solicitar un juicio ante un juez sin depositar una fianza tienen que comunicarse con la corte para programar una comparecencia virtual o en persona. No hay comparecencias en la corte el mismo día. Usted no está obligado a depositar la fianza cuando solicite una audiencia de lectura de cargos o cuando solicite un juicio ante un juez en su comparecencia de lectura de cargos.

  • Puede solicitar que se determine su capacidad de pago debido a dificultades económicas para que la corte considere una sentencia alternativa como un plan de pagos o servicio comunitario. Comuníquese con la corte para obtener información adicional.

Generalmente, cuando un agente emite una citación para comparecer en la corte de tránsito, la contravención es una infracción y la citación incluirá una fecha de comparecencia. Usted tiene que resolver su citación con la corte en o antes de esta fecha o cualquier prórroga de esta fecha emitida por la corte. La corte enviará por correo un recordatorio a la dirección indicada en la citación. El recordatorio le explicará cómo resolver la citación con la corte (vea Opciones para resolver su citación más arriba). Si no recibe un recordatorio en un plazo de seis semanas después de recibir una citación, comuníquese inmediatamente con la División de Tránsito al (707) 521-6680.

Si no puede resolver su citación antes de la fecha de vencimiento, puede ser elegible para una prórroga. Puede solicitar una prórroga accediendo al sitio web de la corte en sonoma.courts.ca.gov y haciendo clic en el enlace "Pague en línea". También puede obtener una prórroga llamando al (707) 521-6680 entre las 8:00 a. m. y las 12:00 del mediodía, de lunes a viernes.

IMPORTANTE: Usted tiene que tomar una acción a más tardar en la fecha de vencimiento de su citación. El no resolver su citación antes de su fecha de vencimiento puede ocasionar cargos, penas, cuotas y acciones adicionales, incluyendo una tasa civil de $100 (Código Penal, sección 1214.1), una retención o la suspensión de su licencia de manejar o una posible orden de arresto en su contra. La tasa civil contemplada en el Código Penal, sección 1214.1 puede cobrarse mediante el embargo de su sueldo, cuentas bancarias y otros bienes, o mediante la intercepción de la devolución de impuestos. Si su citación va a Cobranzas, usted tiene que llamar a Cobranzas de la corte al (707)521-6659 para resolver su citación. Si su citación está en cobranzas, el personal de la División de Tránsito lo remitirá a la División de Cobranzas de la corte para que le ayuden. Vaya a la página de la División de Cobranzas de la corte

Escuela para infractores de tránsito (TVS)

Puede ir a la escuela para infractores de tránsito (TVS) si cumple las siguientes pautas:

  1. No ha ido a la TVS en los últimos 18 meses más un día (calculado de fecha de contravención a fecha de contravención, no fecha de asistencia a la escuela de tránsito).
  2. Tiene una licencia de manejar válida. Si recibió una citación mientras conducía con una licencia de conducir Clase A, B o Comercial Clase C, a partir del 1.º de enero de 2013, pero no conducía un vehículo comercial en el momento de la infracción, puede asistir a la escuela de tránsito si es elegible. Después de cursarla con éxito, el conductor comercial tiene que comunicarse con la oficina de Seguridad para Conductores del DMV para eliminar el punto. Tenga en cuenta que aunque el DMV eliminará el punto del registro de manejo del titular de la licencia comercial, no mantendrá la condena como confidencial y su seguro puede verse afectado negativamente.
  3. Su contravención no supera en más de 25 millas por hora el límite de velocidad.
  4. Su contravención no se produjo en un vehículo comercial.

El recordatorio identifica las cuotas que tiene que pagar a la corte antes de poder inscribirse en la TVS. Estas cuotas son el monto de la fianza (varía según la contravención) y una cuota administrativa estatal/de la corte. El proveedor de la TVS le cobrará una cuota adicional, normalmente de $30 a $60, cuando se inscriba en su clase. Puede pagar en línea, por teléfono, o enviar un cheque o giro postal por el monto total de la TVS adeudado que se muestra en su recordatorio.

  • Se le enviarán formularios de la TVS por correo una vez recibido el pago.
  • TODAS LAS CUOTAS DE LA TVS SON NO REEMBOLSABLES.
  • Si es elegible y decide no asistir a la TVS, su seguro de automóvil puede verse afectado negativamente.
  • Si desea ir a la escuela de tránsito, pero no puede pagar el monto total de la fianza y las cuotas de la escuela de tránsito, comuníquese con la corte al 707-521-6587 para conocer las opciones.

Si no completa la escuela para infractores de tránsito antes de la fecha de vencimiento, se perderá su fianza y su caso se cerrará y se reportará al Departamento de Vehículos Motorizados como una condena.

»Inscríbase y pague en la escuela de tránsito por la web

Para disputar su citación

Si desea disputar su citación, puede declararse NO CULPABLE usando uno de los siguientes métodos:

  1. Llene y presente una Declaración de intención de declararse NO culpable y solicite una fecha de juicio en la corte en persona antes de la fecha de vencimiento de la citación. También puede enviar su Solicitud de juicio ante un juez por correo. Tiene que depositar la fianza indicada en su recordatorio cuando presente esta declaración o formulario en la corte. El juez le notificará la fecha de su juicio y se enviará un citatorio al agente para que esté presente. Tenga en cuenta que no se puede depositar la fianza mediante tarjeta de crédito, por Internet o a través del sistema telefónico de la corte. Si se le declara no culpable y no se imponen otras multas/cuotas, se le reembolsará la fianza depositada.

  2. Llene y presente una Solicitud de juicio por declaración escrita (TR-205). Tiene que depositar el monto de la fianza indicado en su recordatorio cuando presente este formulario en la corte. Lea el formulario de instrucciones TR-200 antes de llenarlo y presentarlo en la corte. La fianza y el formulario de declaración tienen que enviarse antes de la fecha de vencimiento indicada en su recordatorio.

    Si se le declara no culpable después del juicio por declaración y no se le imponen otras multas/tasas, se le devolverá la fianza depositada. Si se le declara culpable, tiene la opción de solicitar un nuevo juicio (juicio de novo). Puede solicitar un juicio de novo enviando un formulario TR221 solo en los 20 días siguientes a la declaración de culpabilidad por parte de la corte. Las presentaciones prematuras y fuera del plazo serán rechazadas y devueltas.

    Tenga en cuenta que no se puede depositar la fianza mediante tarjeta de crédito, por Internet o a través del sistema telefónico de la corte.

  3. Solicite un juicio ante un juez compareciendo en la corte virtualmente o en persona. Puede comparecer virtualmente o en persona en la corte y solicitar un juicio ante un juez sin depositar la fianza. No se requiere un depósito de fianza para una comparecencia virtual o en persona en la corte. Para programar una comparecencia, comuníquese con la corte al 707-521-6680. No podrá programar una comparecencia para el mismo día.

Opciones de pago

Pago por web (tarjeta de crédito):

Haga clic aquí

Pago por correo:

Puede pagar su citación enviando por correo un cheque, un giro postal o un cheque de caja a la dirección indicada abajo. No se aceptan pagos parciales. NO ENVÍE DINERO EN EFECTIVO POR CORREO A LA CORTE.

Pago en persona:

Puede pagar su citación de tránsito a través del buzón las 24 horas del día. El buzón se ubica en el exterior de la 108J. Deposite solo cheque o giro postal en el buzón. Puede pagar su citación de tránsito en persona en la dirección indicada abajo usando tarjetas de crédito VISA, MasterCard, American Express o Discover, cheque, giro postal o efectivo.
Información general sobre el pago: es posible que haya a su disposición planes de pagos o una conversión de su multa en servicio comunitario. Para obtener información sobre estas opciones, comuníquese con la corte.

Resolución de una contravención corregible

Para resolver una contravención corregible, un agente de policía tiene que firmarla de visto bueno (certificado de corrección) y enviarla a la corte junto con el monto del comprobante de corrección que se muestra en su recordatorio. Para las contravenciones relacionadas con el seguro, envíe una copia de la póliza de seguro que muestre que el seguro era válido en la fecha de la contravención. Escriba su número de citación en su cheque o giro postal, e incluya su recordatorio con el pago. El pago de su citación se considera un decomiso de la fianza y cerrará su caso. El decomiso de la fianza es una condena y se reportará al registro de su licencia de manejar si la contravención es reportable al Departamento de Vehículos Motorizados. Si usted es elegible y desea ir a la escuela para infractores de tránsito (TVS), lea la sección Escuela de tránsito antes de enviar su pago. Si es elegible para la escuela de tránsito y decide no ir, su seguro de automóvil puede verse afectado negativamente. El uso del sobre de devolución con la dirección preimpresa del recordatorio agilizará el procesamiento de su pago.
Envíe los pagos por correo a:
SUPERIOR COURT TRAFFIC DIVISION
600 ADMINISTRATION DRIVE ROOM 109-J
SANTA ROSA, CA 95403-2878

Falta de respuesta a la citación

Usted tiene que llevar a cabo una de las siguientes acciones a más tardar en la fecha de vencimiento que figura en el recordatorio o en cualquier prórroga aprobada por la corte de esta fecha de vencimiento:

  1. Comparezca, programe con antelación una comparecencia virtual o en persona en la corte; no hay comparecencias disponibles para el mismo día.
  2. Solicite un plan de pagos, solicite la conversión de su multa en servicio comunitario (esto requiere una audiencia virtual y tiene que ser programada en la corte antes de su fecha de vencimiento) o pague su multa en su totalidad (decomiso de la fianza).
  3. Envíe su "certificado de corrección" y la cuota de corrección (envíelo por correo, deposítelo en el buzón situado en la 108J o hágalo en persona).
  4. Envíe su "Juicio por declaración escrita" (TR-205) llenado y deposite la fianza; o vaya a la corte y llene una Declaración de intención de declararse NO culpable y Solicitud de fecha de juicio, y deposite la fianza, o envíe por correo en el plazo establecido su formulario de Solicitud de juicio ante un juez (TR0035) llenado y deposite la fianza.

Si no realiza una de las opciones anteriores antes de la fecha de vencimiento, la corte puede tomar una o más de las siguientes medidas:

  1. Imponerle una tasa civil de $300
  2. Transferir su citación a una agencia de cobranza
  3. Colocar una retención en su licencia de manejar en el Departamento de Vehículos Motorizados que puede dar lugar a la suspensión de sus privilegios de manejo
  4. Emitir una orden de arresto en su contra
  5. Llevar a cabo una audiencia conforme a la sección 40903 del Código de Vehículos en la que puede ser declarado culpable en su ausencia

Información sobre acceso público y búsqueda

Información de acceso:

La corte no proporciona información de casos a través de Internet. En las salas107-J y 105-J del Palacio de Justicia hay terminales de acceso público a información para la búsqueda de casos.

Información sobre copias:

  • Costo de las copias: $0.50 por página
  • Cuota de certificación: $40.00 por documento, además de la cuota por copia
  • Ejemplificación de copia de registro: $50.00 además de la cuota de copiado y cotejo de $0.50 por página
  • Búsquedas de registros que duren más de 10 minutos: $15.00 por caso

Lista de cuotas (en inglés)

Se puede obtener copias de documentos de los registros de casos de la corte de tránsito visitando la oficina del secretario de la corte de tránsito de 8:00 a. m. a 3:30 p. m. de lunes a viernes en el Palacio de Justicia ubicado en 600 Administration Drive, sala 109-J, Santa Rosa, CA 95403.

Para las solicitudes de copias hechas en persona en la oficina del secretario, el pago se puede hacer en efectivo, cheque (a nombre de Superior Court), giro postal, cheque de caja o tarjeta de crédito (solo Visa o MasterCard).

También se pueden obtener copias enviando una carta o usando el formulario CR-01 que aparece más abajo, a la dirección de arriba con el nombre de caso, el número de caso, la especificación del documento solicitado y si el documento tiene que ser certificado o no. La certificación es un sello que declara que la copia es una copia exacta del original que está en el expediente de la corte. Asegúrese de incluir un sobre con su dirección y franqueo pagado junto con la solicitud para poder devolverle las copias y el recibo de pago.

Para las solicitudes de copias hechas por correo, los pagos solo se pueden hacer con cheque, tarjeta de crédito, giro postal o cheque de caja. Haga el cheque a nombre de Superior Court. Como es posible que no conozca el costo exacto, puede indicar en la sección de notas del cheque "no exceder de ___" e indicar un monto estimado. Luego, el secretario llenará el monto del cheque en su nombre, siempre y cuando el monto no exceda lo indicado. Si el pago enviado no cubre las cuotas, la solicitud será devuelta con una solicitud de fondos adicionales.

La certificación de un documento cuesta $40 además de los $0.50 por página (por un lado; si es por ambos lados, el costo será de $1.00). Las copias sin certificación cuestan $0.50 por página. También puede solicitar un registro ejemplificado o una carta de ejemplificación que tiene una cuota adicional de $50 además de los $0.50 por página (por un lado; si es por ambos lados, el costo será de $1.00).

Solicitud de búsqueda de registros o copias, formulario CR-01

Solo solicitudes de registros de entidades públicas

A partir del 1.º de marzo de 2015, la corte comenzó a cobrar a las entidades públicas las copias de los registros de la corte hechas por el secretario en cualquier acción penal, de conformidad con la sección 70627 del Código de Gobierno. Tenga en cuenta: Se puede usar el formulario CR-01 para enviar su solicitud. Si no se recibe el pago con su solicitud, se le enviará una factura con los documentos solicitados.

 

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