Formularios de acoso civil e información
Lista de formularios
*Se pueden llenar en línea.
A continuación se enumeran los formularios necesarios para presentar una Petición de interdicto para prohibir el acoso (Orden de restricción temporal). Se aceptarán formularios impresos llenados a mano con tinta negra o azul siempre que sean legibles.
- Carátula de acoso civil, CVIN-3
- Información sobre Petición de interdicto para prohibir el acoso, CH-100-INFO
- Petición de interdicto para prohibir el acoso, CH-100*
- Orden de presentar motivos justificativos y Orden de restricción temporal, CH-110*
- Información confidencial de CLETS
- Aviso de audiencia en la corte, CH-109*
- Información sobre la Prueba de entrega en persona, CH-200-INFO
- Prueba de entrega en persona, CH-200*
- Cumplimiento de la sección 12021 del Código Penal, Personas a las que se les prohíbe poseer armas de fuego (en inglés)
- ¿Cómo puedo responder a una solicitud de órdenes de restricción por acoso civil?, CH-120-INFO S
- Respuesta, CH-120
- Prueba de entrega de la respuesta por correo, CH-250
- ¿Cómo entrego, vendo o guardo mis armas de fuego y partes de armas de fuego?, CH-800-INFO
- Comprobante de armas de fuego entregadas o vendidas, CH-800
Las peticiones de órdenes ex parte relativas a: acoso civil son revisadas por un juez cada mañana entre las 8:30 a. m. y las 10:00 a. m. Si desea que el juez revise sus formularios el día que los entregue, tiene que estar aquí entre las 8:00 a. m. y las 8:25 a. m.
Los formularios que se reciban en la oficina del secretario después de las 8:25 a. m. serán enviados al juez para su revisión el siguiente día judicial hábil. Puede recoger sus copias de las órdenes firmadas en la sala 107-J después de las 3:00 p. m. y antes de las 4:00 p. m.
De conformidad con la sección 527 del Código de Procedimiento Civil, se le puede pedir que pague una cuota por presentar una Petición de interdicto para prohibir el acoso si no ha habido violencia o amenaza de violencia, y si no califica para una exención de cuotas.
Órdenes de restricción temporales
Si se concede una orden de restricción temporal o permanente, la información contenida en la orden de restricción se introducirá en el Sistema de Telecomunicaciones de las Fuerzas del Orden de California (CLETS, por sus siglas en inglés) en la misma fecha en la que se conceda la orden si se proporciona la información necesaria en los formularios. Asegúrese de llenar las secciones de información de identificación de las órdenes de restricción para asegurar su captura rápida en el CLETS.
EN TODOS LOS FORMULARIOS: Es importante que llene la información relativa a la persona que va a ser restringida, especialmente el nombre, el género, la raza y la fecha de nacimiento. Si no conoce la fecha de nacimiento (DOB, por sus siglas en inglés), haga una estimación de la edad de la persona.
CLETS (Sistema de Telecomunicaciones de las Fuerzas del Orden de California)
Si se concede una orden de restricción temporal o permanente, la información contenida en la orden de restricción se introducirá en el Sistema de Telecomunicaciones de las Fuerzas del Orden de California (CLETS, por sus siglas en inglés) en la misma fecha en la que se conceda la orden si se proporciona la información necesaria en los formularios. Asegúrese de llenar las secciones de información de identificación de la orden de restricción para asegurar su captura rápida en el CLETS.